Los gobiernos de las distintas ramas del Movimiento Regnum Christi aprobaron el 19 de marzo de 2014, solemnidad de San José, esposo de María, cuatro documentos relacionados con el camino para llegar a una adecuada configuración canónica del Regnum Christi en su conjunto. Estos documentos son:
1. Una carta a todos los miembros del Regnum Christi
2. Un decreto que constituye el Comité directivo general del Movimiento Regnum Christi
3. Un decreto que constituye la Comisión central para la revisión del Estatuto General del Movimiento Regnum Christi
4. Marco provisional para la colaboración en la misión del Regnum Christi a nivel general y territorial
1. CARTA A TODOS LOS MIEMBROS DEL REGNUM CHRISTI
La carta se puede leer aquí.
La carta explica quiénes participaron en las reuniones del 17 al 19 de marzo en Roma, y la finalidad de las mismas:
- «Trazar el modo en el que continuaremos el proceso de reflexión sobre el Regnum Christi en su conjunto para avanzar hacia una configuración canónica adecuada. Esto pasa necesariamente por una profundización en la identidad del primero y segundo grado.
- Acordar el modo provisorio en que vamos a facilitar la dirección común para el apostolado, promoviendo la adecuada participación y corresponsabilidad de todas las ramas».
Posteriormente la carta aborda tres temas:
En primer lugar presenta el camino de reflexión que se ha tenido para poner en contexto las decisiones tomadas y explicar los motivos que están detrás. Propone también las etapas que se prevén para la reflexión conjunta: 1. Profundizar en los temas fundamentales; 2. Reflexionar de manera específica en la naturaleza del primero y segundo grado del Regnum Christi y, en particular, en el segundo grado tercer matiz; 3. Reflexionar sobre los elementos carismáticos comunes a las distintas vocaciones que conforman el Regnum Christi. Se piensa que el tercer paso concluirá con la redacción de unos Estatutos.
En segundo lugar, la carta invita a los miembros del Regnum Christi a un nuevo entusiasmo en su misión evangelizadora partiendo de la confirmación de la Iglesia que reconoce que hemos recibido de Dios un carisma auténtico para bien de la Iglesia y la humanidad.
El tercer tema es la explicación del Marco de colaboración, que se presenta más abajo.
2. DECRETO QUE CONSTITUYE EL COMITÉ DIRECTIVO GENERAL DEL MOVIMIENTOREGNUM CHRISTI
El decreto se puede leer aquí.
Por medio de este decreto constituye formalmente el Comité directivo general del Movimiento Regnum Christi que se define y describe en la cuarta parte del Marco provisional de colaboración. Lo conforman las siguientes personas:
- P. Eduardo Robles-Gil Orvañanos, L.C., director general de la Legión de Cristo, presidente del Comité.
- Gloria Rodríguez Díaz, directora general de las Consagradas del Regnum Christi, miembro.
- Jorge López González, responsable general de los Laicos Consagrados del Regnum Christi, miembro.
- Cristina Danel Cendoya, consejera general de las Consagradas del Regnum Christi, miembro.
- Viviana Limón Olavarrieta, consejera general de las Consagradas del Regnum Christi, miembro.
- P. Sylvester Heereman, L.C., consejero general de la Legión de Cristo, miembro.
- P. Juan Sabadell Riera, L.C., consejero general de la Legión de Cristo, miembro.
- Francisco Gámez Arcaya, representante de los miembros laicos de primero y segundo grado, miembro.
El P. Jaime Rodríguez Díaz, secretario general de la Legión de Cristo, será secretario general del Comité durante sus primeros 18 meses de operación.
3. DECRETO QUE CONSTITUYE LA COMISIÓN CENTRAL PARA LA REVISIÓN DEL ESTATUTO GENERAL DEL MOVIMIENTO REGNUM CHRISTI.
El decreto se puede leer aquí.
El decreto establece formalmente la comisión que revisará el Estatuto General del Movimiento Regnum Christi. Forman parte de él las siguientes personas:
- P. Eduardo Robles-Gil Orvañanos, L.C., director general de la Legión de Cristo, presidente.
- Gloria Rodríguez Díaz, directora general de las Consagradas del Regnum Christi, consejera
- Jorge López González, responsable general de los Laicos Consagrados del Regnum Christi, consejero
- Iliano Piccolo, representante de los miembros de primero y segundo grado, consejero
- P. Sylvester Heereman, L.C., consejero general de la Legión de Cristo, miembro y responsable ejecutivo
- Viviana Limón Olavarrieta, consejera general de las Consagradas del Regnum Christi, miembro
- Emilio Martínez Albesa, laico consagrado del Regnum Chrsisti, miembro
- Stefano De Pasquale Ceratti, laico del Regnum Christi, miembro
- Javier Bendek Viera, laico consagrado del Regnum Christi, secretario
- H. Pablo Solís Aguirre, L.C., legionario de Cristo, secretario
También se ha nombrado consultores a los padres Gianfranco Ghirlanda, S.J., y Roberto Aspe, L.C.
4. MARCO PROVISIONAL PARA LA COLABORACIÓN EN LA MISIÓN DEL REGNUM CHRISTI A NIVEL GENERAL Y TERRITORIAL
El Marco para la colaboración se puede leer aquí.
El Marco para la colaboración es un documento provisional cuya «finalidad es definir los mecanismos de gestión y los órganos de consulta apropiados en el ámbito de la misión evangelizadora del Regnum Christi que involucre de manera conjunta a todas las ramas del Movimiento, en el nivel general y territorial, a través de la participación y la corresponsabilidad de los diversos estados de vida y vocaciones que lo componen».
El Marco para la colaboración es un texto que estará vigente «mientras que la autoridad eclesiástica competente no apruebe una configuración jurídica para el Regnum Christi. […] Este documento nos permitirá aprender de la experiencia, madurar las mejores prácticas y elaborar con el tiempo una propuesta satisfactoria que pueda ser aprobada por la Santa Sede».
El documento se articula en cinco partes:
- La primera, titulada fundamentación carismática, ofrece una breve explicación de carácter teológico y espiritual de la participación en un carisma, una espiritualidad y una misión por miembros de distintas vocaciones. «La complementariedad de las diversas vocaciones da al Movimiento especial fuerza evangelizadora».
- La segunda parte recoge los hitos del camino recorrido en la búsqueda de una configuración canónica adecuada para el Regnum Christi en su conjunto. LasConstituciones de la Legión de Cristo, los Estatutos de los laicos consagrados delRegnum Christi y los Estatutos de las consagradas del Regnum Christi expresan claramente su pertenencia al Regnum Christi. Sin embargo, al final del Capítulo General y de las Asambleas Generales no era jurídicamente posible firmar un acuerdo por no estar todavía erigidas canónicamente las asociaciones de los consagrados y las consagradas. Por otra parte, los Estatutos del Regnum Christi, aprobados por la Santa Sede en 2004 no prevén los órganos de participación y representatividad que serían necesarios para firmar válidamente un convenio. Esta situación exigía pasos intermedios de carácter provisional.
- La tercera parte define la finalidad del Marco para la colaboración.
- La cuarta parte define cuatro órganos de colaboración y establece las reglas básicas para su constitución y operación:
a. El Comité directivo general cuya misión es la dirección ordinaria de la misión apostólica común a nivel general.
b. La Reunión plenaria general de los gobiernos generales de las distintas ramas que se convoca al menos una vez al año para analizar los temas estratégicos de la misión evangelizadora del Regnum Christi.
c. El Comité directivo territorial, que dirige la misión apostólica del Regnum Christien un territorio.
d. La Reunión plenaria territorial de los gobiernos territoriales de las distintas ramas que se convoca al menos dos veces al año para analizar los temas estratégicos de la misión evangelizadora del Regnum Christi.
- La quinta parte establece algunas decisiones que afectan más la vida de las ramas consagradas y el modo en que se dará la participación en la toma de decisiones.