Capítulo General de 2020

¿Qué es un Capítulo General?

Código de Derecho Canónico, c. 631 § 1

«El Capítulo General, que ostenta la autoridad suprema en el instituto de acuerdo con las constituciones, debe constituirse de manera que, representando a todo el instituto, sea un verdadero signo de su unidad en la caridad. Le compete sobre todo defender el patrimonio del instituto y procurar la acomodación y renovación de acuerdo con el mismo, elegir al Superior general, tratar los asuntos más importantes, así como dictar normas que sean obligatorias para todos» (Código de Derecho Canónico, c. 631 § 1)

«El Capítulo General, representando a toda la Congregación, ha de ser un signo y actuación de su unidad en la caridad. Posee la autoridad suprema sobre la Congregación, de acuerdo con el derecho universal y el derecho propio» (Constituciones de la Legión de Cristo, n. 124)

Capítulo ordinario y Capítulo extraordinario

129 § 1. El Capítulo General puede ser ordinario o extraordinario. Es ordinario el que se convoca, según la periodicidad establecida, al término del mandato del director general. Es extraordinario en otros casos.

§ 2. Para convocar un Capítulo General extraordinario no electivo, el director general debe contar con el consentimiento de su Consejo y haber oído el parecer de los directores territoriales.

Competencias

1. Examinar la situación de la Congregación y los asuntos más importantes que hayan sido propuestos por las asambleas territoriales y, de forma individual, por los miembros de la Congregación.

2. Elegir al director general, a los consejeros generales y al administrador general, si el Capítulo es electivo.

3. Tomar las medidas más oportunas para velar por el espíritu de la Congregación, promover su desarrollo y su adecuada renovación, impulsar el cumplimiento de la misión, afrontar los retos y resolver las dificultades más importantes.

4. Si fuese el caso, hacer las modificaciones necesarias a las Constituciones, que se han de presentar a la aprobación de la Santa Sede; modificar o aprobar los códigos secundarios del derecho propio que sean de su competencia; y emanar directrices, a través de decretos capitulares

Capítulo General de 2014
Capítulo General
extraordinario de 2017